Continuando con el aniversario de la publicación del Ulysses de James Joyce, ya habíamos apuntado la relevencia que esta pieza clave de la literatura universal tuvo en el debate sobre la libertad de expresión, al dar lugar a una sentenda en Estados Unidos que corregía una línea jurisprudencial sobre la obscenidad que se había aplicado desde el siglo XIX. Y en todo este asunto tuvo un papel fundamental un estrambótico personaje: Samuel Roth.
Nacido de una familia judía de ascendencia austríaca y polaca, Roth emigró con su familia a Nueva York en 1897, cuando apenas contaba con nueve años de edad, huyendo del clima de antisemitismo que se vivía en Europa, y que años más tarde recordaría, con un particular punto de vista, en su libro Jews Must Live: An Account of the Persecution of the World by Israel on All the Frotiers of Civilization (1934), en el que reivindicaba además la aportación de la comunidad judía a la vida estadounidense de la que él mismo ya formaba parte.
Inclinado desde joven hacia la literatura, en 1917 publicó su primer libro de poesía, y apenas dos años más tarde vería la luz su segunda contribución a la musa Erato. No obstante, Roth no fue más que un mediocre autor, y su futuro ligado a la literatura discurriría por otros derroteros: como editor. Su experiencia iniciática en esa profesión le llegó durante su fugaz etapa como estudiante en la Universidad de Columbia –donde tan solo cursó un año–, en la que publicó su primera revista literaria. Pero fue en 1926 cuando esta vocación eclosionó realmente, con la edición de varias revistas, como Two Worlds Quarterly, Two Worlds Monthly y Casanova Jr.’s Tales. Aunque esta última desarrollaba una temática en la que el sexo se hallaba presente, fue en otra revista creada ese mismo año, Beau, donde puso toda la carne en el asador, abordando temas tan conflictivos en la época como la homosexualidad o el aborto, lo que le valió su primer encontronazo con John S. Sumner, que dirigía la intransigente New York Society for the Suppresion of Vice, atenta a perseguir cualquier conato de obscenidad que percibiese en la ciudad.
A partir de entonces la vida de Roth se convirtió en una continua visita a juzgados y, lo que es peor, a centros penitenciarios; de hecho, buena parte de las fotografías que se conservan de Roth pertenecen a su ficha policial. Tan desafortunada carrera comenzó en 1928, cuando fue condenado a tres meses por poseer, con intención de vender, una versión ilustrada de la traducción al inglés del clásico texto erótico árabe “El jardín perfumado”.
Apenas dos años antes, había mostrado una nula falta de escrúpulos al publicar de forma seriada y sin autorización alguna el Ulysses de James Joyce, aprovechándose de la circunstancia de que los agentes de aduanas estadounidenses habían prohibido la entrada de la obra en el país aplicando la legislación antiobscenidad, y, de resultas, Joyce no estaba amparado por la legislación de propiedad intelectual estadounidense. Aunque el autor irlandés no fue el único perjudicado; la afición de Roth por ningunear la propiedad ajena tuvo también como víctima al poeta Thomas Stearns Eliot, de quien publicó sin permiso varios poemas en el primer número de la revista Beau, considerada por otra parte una de las primeras “revistas para hombres” y precursora de Esquire.
En los años sucesivos, Roth dirigió una empresa dedicada a vender por correo un extenso catálogo de revistas, libros y fotografías de cariz erótico, material que previamente publicitaba por vía postal, tras hacerse de forma poco ética con los datos de correo de potenciales compradores. De resultas de tan dudosas prácticas, en 1955, Roth fue arrestado por nada menos que veintiséis cargos por uso del servicio postal con fines obscenos.
Tras hallarlo culpable un jurado, el asunto acabó en manos del Tribunal Supremo, que resolvió su caso (Roth v. United States, 354, U.S. 476, 1957) de forma cumulativa con otro asunto (Alberts v. California, 354 U.S. 476, 1957), surgido a raíz de una sentencia de un Tribunal Municipal de California por la que se había condenado por violación del Código Penal de aquel Estado al empresario David S. Alberts, dedicado, como Samuel Roth, a vender y publicitar publicaciones eróticas en su sede de Bervelly Hills.
La sentencia del Tribunal Supremo fue redactada por el juez William J. Brennan Jr., quien actuó como ponente, y obtuvo el respaldo de seis magistrados, frente a tres que mostraron su discrepancia en votos disidentes. La resolución no trajo buenas noticias para Roth, ya que ratificaba la condena por obscenidad, pero, aunque seguramente no le valió de consuelo, tuvo una repercusión de gran calado al replantearse la jurisprudencia sobre obscenidad que se había aplicado en Estados Unidos desde finales del XIX. En efecto, fue este proceso en el que Roth se vio inmerso el que permitió liquidar definitivamente los presupuestos del Hicklin test que hasta ese momento había seguido rigiendo, con algunos matices, en los juicios por obscenidad.
Ciertamente lo que no se alteraba respecto de resoluciones previas era la consideración de que, bajo el sistema constitucional estadounidense, la obsenidad no formaba parte de la libertad de expresión, y por tanto podía prohibirse lícitamente. Un argumento que el tribunal basaba en criterios de índole utilitarista:
“Se ha observado con acierto que [las obscenidades] no son una parte esencial de ninguna exposición de ideas, y poseen un valor social tan escaso para la obtención de la verdad que cualquier beneficio de pudiera derivarse de ellas se encuentra claramente compensado por el interés social en mantener el orden y la moralidad”.
Pero, a partir de ahí, la sentencia desmontó el "Hicklin test"que hasta entonces se había empleado para identificar cuándo una publicación debía reputarse como obscena y de resultas ajena a la primera enmienda de la Constitución. La resolución consideraba que una publicación sería obscena:
“si para una persona normal (average), empleando los estándares contemporáneos de la comunidad, el tema dominante [de la publicación] tomado en su conjunto atiende a un interés lascivo”.
Se establecía así un nuevo "test de obscenidad" que sustituía al de Hicklin, y que sería conocido precisamente como "Roth test". A pesar de la condena, al menos el apellido del editor quedaba vinculado a un nuevo parámetro de enjuiciamiento que en lo sucesivo dificultaría declarar una obra como obscena y que, por tanto, extendía la libertad de expresión. Pero, ¿qué cambiaba realmente el nuevo test? En sustancia lo que hacía era compendiar resoluciones previas para superar algunas limitaciones del "Hicklin test", de modo que la obscenidad requería tener en cuenta cuatro elementos:
1. Elemento doloso: Para que hubiera obscenidad, el autor de la obra debía tener un "interés lascivo", esto es, una intencionalidad de promover la lascivia. Los beneficios de este cambio jurisprudencial eran evidentes: por ejemplo, desde finales del XIX a menudo se prohibieron por obscenas obras que habían sido concebidas con fines científicos, sobre todo ginecológicas y referentes al control de natalidad. Con el nuevo "Roth test" ya no era posible, puesto que habían sido elaboradas con un fin científico, y no para promover la libido. Que para algunos lectores pudiera tener ese efecto no las convertía en obscenas, algo que sí podría haber sucedido bajo el "Hicklin test"
2. Elemento subjetivo: El sujeto utilizado como "medida" para determinar si una obra se consideraba obscena era la"persona normal". Se había así llegado a un punto intermedio entre el "Hicklin test", que tomaba como referente a personas inmaduras, y el planteamiento del Tribunal Supremo en el "caso Ulysses"que era justo el contrario: la referencia debía ser una "persona culta". Si el criterio del "Hicklin test" daba lugar a que casi cualquier cosa pudiera reputarse obscena (a fin de cuentas para un menor o una persona incapaz todo podía resultar perturbador), para el parámetro de la sentencia del caso Ulysses era justo al contrario: para una persona culta posiblemente pocas cosas podrían resultar escandalosas. El "Roth test" se situó en la equidistancia: el referente sería una "average person". Aun así, hay que destacar que el Tribunal Supremo se empecinaba en un error: no tenía en cuenta quién era el destinatario de la obra. Porque resulta evidente que si se trata de un libro infantil, lo que sea obsceno debiera medirse desde el punto de vista de un menor, y no de un adulto "normal" o "estándar".
3. Elemento social: Para que algo fuese obsceno, el juez debía tener en cuenta lo que en ese momento concreto la comunidad reputase como tal. Se trataba de un elemento que permitía a los tribunales contextualizar su enjuiciamiento, tanto temporal como espacialmente. Con el paso del tiempo, lo que se considerase obsceno sin duda iría cambiando, y eso debería estar presente en la opinión legal del juez. Pero también el lugar era determinante: en comunidades más cosmopolitas y tolerantes como California, San Francisco o Nueva York, había una mentalidad más liberal y por tanto más receptiva a las cuestiones sexuales que en otras localidades estadounidenses.
4. Elemento cuantitativo: Siguiendo la pauta del "Ulysses case", el "Roth test" concluía que, para declarar que una obra era obscena, debía tenerse en cuenta el conjunto de ella, y no pasajes aislados.
Con todo lo anterior reputar una obra como obscena ya no resultaría tan sencillo y, además, no dependería tanto del criterio subjetivo de un juez. La guía para el enjuiciamiento resultaba más clara, y eso benefició en lo sucesivo, cuanto menos, a diversas publicaciones: a las obras literarias prestigiosas (que aunque contuviesen un pasaje subido de tono no se entendían redactadas con intencionalidad erótica), los manuales científicos (como ya se ha mencionado) y en parte también las revistas (porque para ser obscenas tendrían que serlo en su conjunto, no bastando un segmento o artículo de ellas).
Seguramente para Samuel Roth este cambio jurisprudencial supuso poco consuelo, porque acabó en la cárcel por una temporada. Pero su sacrificio debe agradecerse en nombre de la libertad de expresión.
Para saber más:
La mejor biografía de Samuel Roth es la de Jay A. Gertaman, Samuel Roth. Infamous Modernist, University Press of Florida, Gainesville, 2013, aunque su tratamiento del "Roth case" es muy pobre.
Para un análisis de éste, con mayor detalle y destacando su relevancia jurídica, pueden consultarse las obras de Robert Spoo, Without Copyrights. Piracy, Publishing, and the Public Domain, Oxford University Press, New York, 2013, y Richard F. Hixson, Pornography and the Justices. The Supreme Court and the Intractable Obscenity Problem, Southern Illinois University Press, Carbondale, 1996.
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